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Glosario de inversión · Invest in Colombia

Retención en la Fuente

Categoría
Régimen tributario
Glosario
Definición Autoridad y marcoAutoridad En detalle Preguntas 3
    TérminoRetención en la Fuente
    El término

    Definición

    Qué significa este término en el contexto de la inversión en Colombia.

    La retención en la fuente es el mecanismo por el que el pagador de un ingreso (agente retenedor) deduce un porcentaje del pago y lo entrega directamente a la DIAN en nombre del beneficiario, como un anticipo del impuesto de renta.

    Aplica a renta, IVA y timbre según la naturaleza del pago y el tipo de beneficiario. Las tarifas dependen del concepto de pago y deben verificarse en: www.dian.gov.co (ET arts. 365-419)

    Lectura
    8 min
    Marco
    Estatuto Tributario · DIAN
    Régimen tributario
    Categoría del término

    Régimen tributario

    Este término forma parte de una categoría con 10 términos. Explórelos para entender el tema completo.

    Ver los 10 términos
    Regulación

    Autoridad, marco y leyes

    Quién regula este término y qué normas lo rigen.

    Autoridad competente
    Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)
    Marco
    Estatuto Tributario · DIAN

    ¿Cuál es el marco legal de la retención en la fuente en Colombia?

    1. Norma
      Estatuto Tributario, arts. 365-419
      Retención en la fuente para renta e IVA.
    2. Norma
      Art. 368 ET
      Agentes de retención obligados.
    3. Norma
      Art. 383 y 386 ET
      Retención sobre pagos laborales (personas naturales).
    4. Norma
      Art. 408 ET
      Retención sobre pagos al exterior (no residentes). Tarifa específica por tipo de renta.
    5. Norma
      Decretos reglamentarios anuales
      El Gobierno expide cada año una tabla actualizada de tarifas. [VERIFICAR con Decreto vigente]
    Para profundizar

    En detalle

    Tipos, modalidades y diferencias clave para el inversionista.

    ¿Cuáles son los principales conceptos de retención en la fuente?

    ConceptoBeneficiario típicoTarifaObservación
    HonorariosPersonas naturales no empleadas, profesionales independientes.Verificar tarifa vigente en www.dian.gov.coVaría si el beneficiario es declarante o no de renta.
    ArrendamientosPropietarios de inmuebles o bienes muebles.Verificar tarifa vigente en www.dian.gov.coAplica a inmuebles y bienes muebles.
    Servicios en generalPrestadores de servicios nacionales.Verificar tarifa vigente en www.dian.gov.coAplica sobre el valor bruto del pago.
    Dividendos y participacionesAccionistas y socios nacionales y extranjeros.Verificar en www.dian.gov.co (arts. 242, 245 ET)Tarifas diferenciadas según si el beneficiario es residente, no residente o sociedad.
    Pagos al exterior (no residentes)Sociedades y personas naturales no residentes.Verificar en www.dian.gov.co (art. 408 ET)Varía por tipo de renta: intereses, regalías, servicios técnicos, etc. Puede reducirse con CDI.
    Compras (bienes)Vendedores de bienes gravados.Verificar tarifa vigente en www.dian.gov.coAplica a compras de bienes a determinados sectores.
    Lo que más preguntan

    Preguntas frecuentes

    3 respuestas a las dudas más comunes sobre este término.

    Los agentes retenedores son: personas jurídicas nacionales, sociedades de hecho, consorcios y uniones temporales, personas naturales que cumplan con las condiciones del art. 368 ET (comerciantes con patrimonio o ingresos superiores a ciertos umbrales), entidades del gobierno y los demás señalados por la ley. La condición de gran contribuyente también determina la obligación de retener en determinados conceptos.

    Para residentes colombianos, la retención en la fuente es un anticipo del impuesto de renta anual. Al presentar la declaración de renta, el contribuyente descuenta las retenciones practicadas y paga solo el saldo pendiente (o solicita devolución si las retenciones superaron el impuesto). Para no residentes sin EP, la retención en la fuente sobre rentas de fuente colombiana es generalmente el impuesto definitivo.

    Sí. Si existe un Convenio para Evitar la Doble Imposición (CDI) entre Colombia y el país de residencia del beneficiario, la tarifa de retención puede ser inferior a la del art. 408 ET. Para aplicar la tarifa del CDI, el beneficiario debe acreditar su residencia fiscal en el país con el que Colombia tiene el convenio. Verificar CDIs vigentes en la DIAN.

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    Término anteriorRenta Presuntiva Término siguienteRetención en la Fuente a No Residentes

    Este glosario tiene fines informativos y no constituye asesoría jurídica ni tributaria. Para decisiones de inversión, consulte la norma vigente y a un asesor profesional.

    • Ministerio de cultura y comercio
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