Definición
Qué significa este término en el contexto de la inversión en Colombia.
El impuesto al patrimonio en Colombia grava el patrimonio bruto poseído a 1.° de enero de cada año por personas naturales (residentes y no residentes con activos en Colombia) y, en ciertos años, por sociedades nacionales, que…
El impuesto al patrimonio en Colombia grava el patrimonio bruto poseído a 1.° de enero de cada año por personas naturales (residentes y no residentes con activos en Colombia) y, en ciertos años, por sociedades nacionales, que superen el umbral establecido por la ley. La Ley 2277 de 2022 reintrodujo este impuesto con carácter permanente. Las tarifas y umbrales deben verificarse en: www.dian.gov.co (Ley 2277/2022; ET arts. 294-1 a 298-8)
Régimen tributario
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Quién regula este término y qué normas lo rigen.
¿Cuál es el marco legal del impuesto al patrimonio en Colombia?
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2022
Ley 2277 de 2022Reintroduce el impuesto al patrimonio con carácter permanente. Define sujetos pasivos, base gravable y tarifas.
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Norma
ET arts. 294-1 a 298-8Regulan el hecho generador, base, tarifas, exclusiones y procedimiento del impuesto al patrimonio.
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Norma
Decretos reglamentariosDefinen el formulario y procedimiento de declaración.
En detalle
Tipos, modalidades y diferencias clave para el inversionista.
¿Quiénes son los sujetos pasivos del impuesto al patrimonio en Colombia?
| Sujeto pasivo | Condición para ser gravado | Observación |
|---|---|---|
| Persona natural residente en Colombia | Patrimonio líquido superior al umbral del año gravable. | El patrimonio incluye activos en Colombia y en el exterior. |
| Persona natural no residente con activos en Colombia | Patrimonio poseído en Colombia superior al umbral. | Solo se computan los activos ubicados en Colombia. |
| Sucesiones ilíquidas de causantes residentes | Patrimonio líquido superior al umbral. | |
| Sociedades colombianas (en períodos específicos) | Según la reforma vigente. [VERIFICAR si aplica en el período gravable actual] | La Ley 2277/2022 puede incluir o excluir sociedades. Verificar con DIAN. |
Preguntas frecuentes
3 respuestas a las dudas más comunes sobre este término.
Sí, si el valor de sus activos en Colombia supera el umbral establecido. Para personas naturales no residentes, el impuesto al patrimonio se liquida sobre el patrimonio bruto poseído en Colombia (acciones en empresas colombianas, inmuebles, etc.) menos las deudas con cargo a esos activos. Verificar el umbral vigente y la metodología de cálculo en www.dian.gov.co
Sí. Las participaciones accionarias en sociedades colombianas forman parte del patrimonio para efectos del impuesto al patrimonio, valoradas según las reglas del Estatuto Tributario (valor intrínseco contable o valor de mercado según el caso). Verificar el método de valoración vigente con la DIAN.
No. El impuesto al patrimonio no es deducible del impuesto sobre la renta ni puede tratarse como descuento tributario. Es un impuesto complementario e independiente del impuesto de renta.
Este glosario tiene fines informativos y no constituye asesoría jurídica ni tributaria. Para decisiones de inversión, consulte la norma vigente y a un asesor profesional.