Colombia le apuesta al sector audiovisual con importantes incentivos
El incremento significativo del consumo de contenidos en plataformas OTT (over the top) como Netflix y Amazon Prime, llegando a tasas de más de 200%, así como el aumento de consumo de contenidos nacionales, han beneficiado al sector audiovisual recientemente.
Sin embargo, el cierre de las salas de cine en Colombia ha afectado a las empresas dedicadas a la exhibición o distribución de cine y a futuras producciones cinematográficas, pues como está establecido en la ley 814 de 2003 (Ley del cine), por cada boleta de cine que se compra en el país, un porcentaje va destinado al Fondo para el Desarrollo Cinematográfico (FDC).
A esto se suma que ante la cuarentena estrictica quedó suspendida la postulación de proyectos a los estímulos automáticos y a los estímulos por concurso del FDC 2020.
Con el objetivo de mitigar el impacto financiero en el sector, se tomaron diferentes medidas, donde se destacan las siguientes:
- Decreto 697 de 2020: Aquí se reglamentaron incentivos para las Áreas de Desarrollo Naranja (ADN) y la deducción en renta por donaciones e inversiones del 165% en proyectos de economías creativas o culturales. Es así como de definió que el incentivo tributario de deducción por inversiones y donaciones a proyectos de economía creativa se aplicará sobre la declaración del impuesto sobre la renta que corresponda al año fiscal de la inversión o donación. Los proyectos que tengan duración superior a 1 año, sin superar 3 años, deben ser avalados año a año según las reglas de la convocatoria. Para el segundo año en adelante no será necesario concursar sino acreditar el cumplimiento del proyecto.
- Egeda Colombia: la entidad al servicio de los productores audiovisuales creó un “Fondo especial Covid 19”, destinado a mitigar el impacto que esta situación tendrá en los socios de Egeda Colombia, productores audiovisuales y personas naturales o jurídicas. Gracias a éste cada uno de los socios recibió una suma de dinero entre el 15 de abril y el 31 de mayo de 2020 a través de una transferencia bancaria.
- Decreto 475 de 25de marzo de 2020: esta norma tiene como objetivo destinar más de 120 mil millones de pesos para ayudar al sector cultural, que se pueden resumir en 3 puntos:
- Seguridad Social para gestores culturales. A través de las alcaldías y gobernaciones, se busca beneficiar a más de 3 mil creadores y gestores culturales de la tercera edad.
- Ampliación del plazo para el pago de parafiscales que incluye la ampliación de los plazos para el pago de la Cuota para el Desarrollo Cinematográfico hasta el 30 de septiembre y la aplicación de la disminución de la Cuota para los exhibidores, la cual podrá acreditar sólo con la exhibición de cortometrajes durante 8 días.
- Ampliación de las fechas para la realización de eventos apoyados por el Programa Nacional Estímulos y Concertación Cultural. Dentro del mismo programa, en la primera fase del año 2020, se priorizaron las líneas de investigación, creación y emprendimiento, por $9.000 millones de pesos y 96 convocatorias para los gestores culturales.
- Decreto Legislativo 561 de 15 de abril de 2020 Ministerio de Cultura: El artículo 512-2 del Estatuto Tributario estableció el impuesto al consumo destinado a inversión social en Deporte y Cultura, distribuyendo un 30% de su recaudo para Cultura. Con el Decreto, estos recursos de la vigencia 2019 y que no estén comprometidos ni ejecutados y los que se giren en la vigencia 2020, deberán destinarse transitoriamente por el Ministerio de Cultura a los departamentos y Bogotá para que éstos los transfieran hasta el 31 de diciembre de 2020 a los artistas, creadores y gestores culturales que demuestren su estado de vulnerabilidad. Los beneficiarios no podrán ser parte de los programas de Familias en Acción, Protección al Adulto Mayor, BEPS para creadores y gestores culturales, Jóvenes en Acción, Ingreso Solidario o de la compensación del IVA. Un 3% de la compensación se dirigirá a artistas discapacitados.
- Decreto Legislativo 818 del 4 de junio de 2020: Aquí se estableció que desde el 4 de junio del 2020 hasta el 30 de junio de 2021, los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales responsables de la cultura, así como aquellos estímulos otorgados por el FDC, no están sujetos a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios, sobre el pago o abono en cuenta. Del mismo modo algunos servicios artísticos prestados para la realización de producciones audiovisuales de espectáculos públicos están excluidos del impuesto sobre las ventas. Los productores permanentes y ocasionales responsables de realizar la declaración y el pago de la contribución parafiscal de dichos espectáculos podrán declarar y pagar la contribución parafiscal correspondiente a la venta de boletería y entrega de derechos de asistencia que se realice con corte al 31 de diciembre de 2020, hasta el 30 de marzo de 2021. Los agentes de retención de la contribución parafiscal cultural no están obligados a practicar la retención de la contribución parafiscal cultural por la venta de boletería y entrega de derechos de asistencia realizada hasta el 31 de diciembre de 2020. En todo caso, deberán informar mensualmente al Ministerio de Cultura sobre las boletas vendidas y los derechos de asistencia entregados.
Además de estos decretos, es importante mencionar que Colombia es uno de los países de la región con un marco normativo favorable para el sector audiovisual. Las leyes 814 de 2003, 1556 de 2012, y 1955 de 2019, junto con el incentivo de zonas francas, son algunos ejemplos de los esfuerzos que se han hecho para brindarles a productores y directores significativas ventajas al momento de realizar un proyecto en el país.
Así mismo, Colombia cuenta con una gran diversidad de paisajes, estructuras y climas que hacen que sus locaciones sobresalgan en la región. Algunos ejemplos son Cartagena, Mompox, Santa Fé de Antioquia, Barichara, Villa de Leyva, donde la arquitectura colonial propia de los siglos XVII, XVIII y XIX es protagonista.
Igualmente, el país se destaca por una oferta amplia de profesionales especializados como dobles, productores, equipos creativos, maquillistas, servicios administrativos, camarógrafos, así como sets de grabación y casas productoras. También cabe resaltar que los costos competitivos de la industria son más bajos en Colombia, en comparación a otros países de la región, particularmente en aspectos como mano de obra, alquiler de equipo, arrendamiento y servicios públicos.
La industria audiovisual colombiana en los últimos 5 años ha rodado más de 30 películas extranjeras, alcanzado los 67 millones de dólares en exportaciones en 2019. y siendo galardonadas a premios internacionales como la Palma de Oro, el Oso de Plata y nominación a los premios Oscar. Por estas, entre muchas otras razones, el sector es ideal para invertir en Colombia, y es un importante eslabón para la reactivación económica del país.