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Incentivos tributarios

INCENTIVOS PARA INVERTIR EN COLOMBIA

Se ofrecen atractivos incentivos para la inversión extranjera y nacional en distintos sectores económicos, por ejemplo, hotelería y turismo e inversiones en energías renovables y eficiencia energética. También se otorgan incentivos para la productividad agropecuaria, el desarrollo científico y tecnológico, entre muchos otros. Conozca algunos de los incentivos para invertir en Colombia: 

  • Incentivos para el sector de hotelería y turismo

Los siguientes servicios prestados tendrán una tarifa especial del 15% en el impuesto a la renta: 

  • hoteles 
  • parques temáticos de ecoturismo y / agroturismo 

Aplicable por 10 años desde el inicio de la prestación de servicio. 

Requisitos: 

Que se realice en la construcción (nuevos proyectos), ampliación y/o remodelación (en al menos 50% del valor de adquisición del inmueble) en municipios de hasta 200.000 habitantes y/o PDET. 

Deben contar con licencias de construcción, permisos urbanísticos y registro nacional de turismo. 

Que la obra se realice en su totalidad y se comience la prestación de los servicios hasta el 13 de diciembre de 2027. 

  • Descuento por pago de IVA en activos fijos reales

El total de IVA pagado en la adquisición, formación, construcción o importación de activos fijos reales productivos, incluidos los servicios necesarios para ponerlos en marcha, podrá ser descontado del impuesto de renta.

  • Exención arancelaria

Arancel del 0% para la importación materias primas y bienes de capital que no tengan producción nacional. Aplica a más de tres mil subpartidas arancelarias.

  • Deducción del primer empleo

Los empleadores podrán deducir de su impuesto de renta el 120% de los salarios pagados a trabajadores menores de 28 años que están trabajando por primera vez.

  • Eficiencia Energética – Fuentes no Convencionales de Energía (Ley 1715 de 2014 y Ley 2099 de 2021)

  • Deducción 50% de inversiones del impuesto de renta:

Se podrá deducir del impuesto de renta, en un período no mayor de 15 años, el 50% de las inversiones en investigación, desarrollo, producción de energía eléctrica con Fuentes No Convencionales-FNCE; y / medidas para la Gestión Eficiente de Energía, incluida medición inteligente.

Exclusión del IVA:

Exclusión IVA en equipos, elementos, maquinaria y servicios para producción y uso de FNCE, así como la medición de potenciales recursos y la gestión eficiente de energía (GEE) estarán excluidos del IVA (el proyecto deberá ser evaluado y certificado por la UPME).

Excluidos de IVA automáticamente: inversores de energía, paneles solares, controladores de carga, para sistemas de energía solar con paneles.

Exención de Aranceles:

Exención arancelaria para maquinaria, equipos, medición inteligente, materiales, suministros, destinados únicamente para inversiones en proyectos de generación FNCE/ Gestión eficiente. (Deberá ser solicitada a la DIAN).

Únicamente para maquinaria, equipos, materiales, insumos sin producción nacional.

Depreciación Acelerada:

Depreciación acelerada, hasta 33,33% anual para maquinaria, equipos, obras civiles para generación FNCE/Eficiencia energética. (El proyecto deberá ser evaluado y certificado por la UPME).

Este incentivo puede obtenerse simultáneamente con la deducción del 50% del impuesto de renta por las mismas inversiones.

Los anteriores 4 incentivos también aplican para inversiones en hidrógeno verde, azul y blanco.

Renta exenta por la venta de energía eléctrica Generada con FNCE:

La venta de energía eléctrica generada con base en energía eólica, biomasa o residuos agrícolas, solar, geotérmica o de los mares será exenta por 15 años a partir del año 2017. Para acceder, se debe ser empresa generadora de energía; tramitar, obtener y vender certificados de emisión de bióxido de carbono, Invertir al menos el 50% de los recursos obtenidos por la venta de dichos certificados en obras de beneficio social en la región donde opera el generador. La inversión que da derecho al beneficio será realizada de acuerdo con la proporción de afectación de cada municipio por la construcción y operación de la central generadora.

  • Rentas asociadas a vivienda de interés social (VIS) y vivienda de interés prioritario (VIP)

Se consideran rentas exentas la utilidad en la enajenación de predios destinados al desarrollo de proyectos de Viviendas de Interés social (VIS) y/o de Viviendas de interés Prioritario (VIP); utilidad en la primera enajenación de VIS y/o de VIP; rendimientos financieros de créditos para la adquisición de VIS y/o de VIP, con garantía hipotecaria o a través de leasing financiero, por 5 años contados a partir de la fecha del pago de la primera cuota de amortización del crédito/canon del leasing

  • Régimen de compañías holding en Colombia (CHC)

Las rentas derivadas de la venta o transmisión de las acciones o participaciones en una CHC estarán exentas excepto por el valor correspondiente a las utilidades obtenidas por actividades realizadas en Colombia.

Los dividendos distribuidos por entidades no residentes en el país a la Holding están exentos del impuesto sobre la renta. 

Los dividendos pagados por la Holding a no residentes no serán sujetos de impuesto de renta, se consideran renta de fuente extranjera.

  • Incentivos a las inversiones y donaciones para desarrollo científico y tecnológico

  1. Se podrá descontar anualmente del impuesto sobre la renta, el 30% de las inversiones realizadas en investigación, desarrollo tecnológico o innovación.

  2. Las donaciones de participación en ganancias de la explotación de proyectos de ciencia, tecnología e innovación financiados con recursos públicos podrán obtener el mismo descuento.

  3. Descuento por donaciones a programas del Icetex que beneficien a estudiantes de estratos 1, 2 y 3; al Fondo Nacional de Financiamiento para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, Fondo Francisco José de Caldas y por remuneración a personal con título de doctorado en desarrollo de actividades de I+D+i. Se atribuye al CONFIS la potestad de determinar anualmente el monto máximo total del descuento.

  4. Las donaciones de participación en ganancias de la explotación de proyectos de ciencia, tecnología e innovación financiados con recursos públicos podrán obtener el mismo descuento.
Cómo invertir
How To Invest
  • 1. Protección a la inversión extranjera
  • 2. Régimen de cambios
  • 3. Asuntos corporativos
  • 4. Comercio exterior
  • 5. Régimen laboral
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  • 10. Propiedad intelectual
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